- PROCESO DE APERTURA DE COLEGIOS PRIVADOS
RECONOCIMIENTO Y ACREDITACION DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS
Art. 6. Las Instituciones Educativas Privadas se clasifican en RECONOCIDAS Y ACREDITADAS.Art. 7. Las Instituciones Educativas Privadas RECONOCIDAS son las que al iniciar sus actividades en uno o más de los Niveles y Modalidades del Sistema, solicitan y reciben autorización de la Secretaría de Estado de Educación para operar bajo su asesoría, porque cumplen con los requisitos establecidos en el Capítulo V de este Reglamento.Art. 8. Las Instituciones Educativas Privadas ACREDITADAS son aquellas que al ser evaluadas, estén en la condición de Reconocidas o iniciando sus labores, demuestren que poseen las siguientes características:1. Soporte documental:Tienen un ideario en el que establecen con claridad la visión que orienta su quehacer y la misión a cumplir;El régimen que siguen en las relaciones con estudiantes y profesores está establecido en los estatutos o manuales de convivencia; y1.3 Poseen todos los documentos que conforman el currículo vigente.2. Planta física:Sus locales están bien ubicados, y cumplen con las normas básicas de construcción; Poseen dependencias administrativas aceptables en amplitud y número;El número de aulas se corresponde con la cantidad de grupos, y la amplitud de cada una es adecuada a la cantidad de alumnos;Poseen salón para biblioteca;Disponen de espacio para Orientación Educativa;Tienen salón de actos o de multiuso;Disponen de área deportiva para la práctica de, por lo menos, dos deportes;Tienen área verde;Su grado de seguridad se aprecia en lo siguiente:Area de juegos del Nivel Inicial protegida; Otras medidas de protección;Sus instalaciones sanitarias son modernas y sus dispositivos en número suficiente según matrícula; Disponen de servicio de agua:Control de ingreso al local de personas extrañas;De limpieza; yPotable, en dispositivos o salidas suficientes y de fácil acceso;Tienen instalaciones eléctricas; y Disponen de área para cafetería.3. Equipamiento:3.1 Están dotadas del mobiliario indispensable en cada dependencia; 3.2 Poseen laboratorio debidamente instalada de:3.2.1 Ciencias; e3.2.2 Informática;3.3 Disponen de equipos audiovisuales y de los materiales didácticos indispensables a la docencia;3.4 Tienen una biblioteca con textos según las asignaturas que enseñan y dos(2) unidades de cada uno. Además, obras complementarias, de consulta para alumnos y profesores, de lectura, diccionarios, entre otros materiales bibliográficos, y está suscrita a un periódico matutino de circulación nacional;3.5 Tienen los materiales mínimos para los servicios de Orientación.3.6 Poseen fotocopiadora;3.7 Tienen teléfono;3.8 Tienen un botiquín con lo indispensable para las emergencias médicas; y3.9 Poseen las instalaciones y los equipos mínimos para la cafetería.4. Calidad docente y administrativa:4.1 El 100% de su personal posee la titulación requerida, según las políticas oficiales establecidas;4.2 En el Inicial, el número de alumnos se corresponde con lo establecido en el Art. 40 de este Reglamento; y en los Niveles Básico y Medio, con lo que se consigna en el Art. 414.3 Poseen el Plan Anual de actividades y la planificación didáctica de cada profesor;4.4 Las informaciones sobre los alumnos y el personal están actualizadas y debidamente registradas;4.5 En su funcionamiento:4.5.1 Se ajustan a lo establecido en el currículo vigente;4.5.2 Utilizan al máximo, en su labor docente y administrativa, todos los recursos que poseen;4.5.3 Trabajan en equipo; y4.5.4 Las observaciones al desarrollo de la docencia y de las funciones administrativas muestran buen nivel en los servicios que prestan.5. Participación:En la gestión participan:5.1 Los alumnos, en el Consejo de Curso, Consejo Estudiantil, Comités de Trabajo y Asamblea Estudiantil;5.2 Los docentes, en la Asamblea de Profesores;5.3 Los representantes de los alumnos, en la Sociedad de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Institución; y5.4 La Comunidad Educativa, como un todo en la Asamblea General.6. Horario de Trabajo:6.1 Cumplen con el horario de trabajo que corresponde al Nivel o Niveles en que laboran y al currículo que implementa7. Conmemoraciones:7.1 Conmemoran las fiestas patrias y participan en actividades que celebra la comunidad local.Párrafo: La Acreditación se otorgará por Nivel, en forma independiente uno del otro.REQUISITOS MINIMOS PARA LA APERTURA DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
Art. 14. Una Institución Educativa Privada podrá iniciar sus labores con la autorización de la Secretaria de Estado de Educación si cumple, por lo menos, con los siguientes REQUISITOS:1. Solicitó permiso por escrito, en el período comprendido entre el 10 de enero y el 10 de abril del año escolar anterior al de autorización para iniciar labores, dirigida al Departamento de Colegios Privados, vía el Distrito Educativo correspondiente;2. Tiene un ideario en el que establece con claridad la visión que orienta su quehacer y la misión a cumplir;3. Posee los documentos que contiene el currículo vigente, incluyendo el Sistema de Evaluación, así como la Ley de Educación No. 66´97;4. Dispone de materiales educativos básicos, según los servicios que oferta;5. Tiene biblioteca;6. Cuenta con estructura física y ubicación adecuadas, de acuerdo a las normas básicas de construcción;7. Posee área para recreación y deportes;8. Cuenta con instalaciones sanitarias separadas según sexo;9. Posee las dependencias administrativas indispensables (dirección, secretaría, otras);10. Tiene dotación de agua potable;11. Mobiliario indispensable;12. El 80% del personal docente es titulado en Educación y el 20% restante estudiante de término de la carrera.Párrafo 1: La solicitud de autorización para iniciar sus labores debe estar acompañada del ideario e indicar el Nivel o Niveles y la Modalidad o Modalidades que oferta, el tipo de Bachillerato si incluye el Nivel Medio y el período en el cual labora.Recibida la solicitud de autorización para iniciar labores, el Distrito Educativo correspondiente enviará a la Institución que la presenta, un equipo técnico para evaluar sus condiciones iniciales, el cual entregará al Director del Distrito un informe de la evolución realizada. Este último, enviará al Departamento de Colegios Privados, vía Dirección Regional, el expediente de la institución, incluyendo los resultados de dicha evaluación y su opinión al respecto.REQUISITOS PARA SER DIRECTORLicenciado en Educación, con un curso en administración y SupervisiónEducativa, Licenciado en Educación Básica o Licenciado enAdministración y Supervisión Educativa;Estudios de Especialización a nivel de Post-Grado en Educación, más un curso en Administración y Supervisión Educativa;Maestría en Educación, preferentemente Mención Administración y Supervisión Educativa.Experiencia mínimo de tres (3) años en el Nivel.REQUISITOS PARA SER PROFESORMaestro Normal Primario;Maestro Normal Superior en Educación Básica;Licenciado en Educación Inicial o Básica;Estudios de Especialización a nivel de Post-Grado en Educación Maestría en Educación.PASOS PARA EL CIERRE DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA.Aunque no lo especifica en el REGLAMENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS, el Departamento de colegios privados en combinación con el Distrito Educativo solicita los siguientes pasos:1- Explicación de las causas del cierre y solicitud enviada al Departamento de Colegios Privados, vía el Distrito Correspondiente.2- Tener al día las fichas de estudiantes organizadas por grado en orden alfabético.3- Tener al día los documentos relativos al centro como: Proyecto de Centro, Reglamento disciplinario, estadísticas internas, Sistema de Gestión de Centros Educativos (SGCE), Contabilidad, Actas de calificaciones.4- Registro de asistencia del personal.
EN ESTE BLOG COMPARTIREMOS NUESTROS LOGROS, FRUSTRACIONES, ADEMAS NOTICIAS, PALABRA DE DIOS, ENTRE OTROS.
viernes, 25 de abril de 2014
PASOS PARA EL CIERRE DE UNA ISTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario